Recientemente
se dio a conocer la noticia de la intención de la Universidad de Castilla-La
Mancha, de rehabilitar la Nave de Espoletas de la Fábrica de Armas de Toledo,
para la Escuela de Arquitectura. Naturalmente, me parece una buena noticia que
a un edificio histórico, sobre todo cuando como en este caso se está
deteriorando debido al abandono desde que dejó de tener su función original, se
le dé un uso, después de haber sido adecuadamente rehabilitado.
No es
necesario decir que, tratándose de una obra de la Universidad, en la cual,
además de la Escuela de Arquitectura, existe una facultad de Humanidades, que
es una organización entre cuyos objetivos deben estar el aumentar el
conocimiento, y transmitirlo a las generaciones futuras, además de generar
valores de respeto por el patrimonio y la historia, se van a respetar y cumplir
escrupulosamente, e incluso se irá más allá, todos los preceptos normativos que
tengan que ver con la protección del patrimonio cultural.
Como sabemos,
la Fábrica de Armas, se declaró Bien
de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico, por Acuerdo de 2 de
marzo de 2010. Es decir, toda la fábrica, y su entorno, están protegidos,
por la máxima figura de protección patrimonial. Además, limita con el Bien de
Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica, de Vega Baja que, como
sabemos, está mal delimitado en origen. De hecho, una de las principales
estructuras visigodas aparecidas en Vega Baja, se encuentra fuera de ese BIC, y
es muy probable que los restos arqueológicos se extiendan por lo que hoy es el
Campus de la Universidad. Por otro lado, a apenas ochenta metros en línea
recta, se encuentra la Villa Romana de la Fábrica de Armas. Es decir, en
cualquier caso, pero siendo quien es el promotor, debería este prestar o tener
una atención exquisita hacia el patrimonio cultural, haciendo todo lo posible
para conservarlo, recuperarlo, en su caso, y acrecentarlo.
La Ley de
Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, dice en relación a la Conservación
de los Conjuntos Históricos, que su declaración como tal “determina la
obligación para el Ayuntamiento en cuyo término municipal se localice, de
redactar un plan especial de protección del área afectada u otro instrumento de
los previstos en la legislación urbanística o de ordenación del territorio que
cumpla en todo caso los objetivos establecidos en esta Ley.”. Tal plan, nunca
ha sido redactado, cuando la Fábrica fue declarada BIC, al igual que tampoco
fue redactado el también obligatorio de Vega Baja, lo que da muestra del
interés por el patrimonio de nuestra administración local. Existe un antiguo
Plan Especial Dotacional del Tajo, anterior a la declaración, que en mi
opinión, no es el instrumento que exige la Ley. En ausencia, de dicho Plan, “cualquier
intervención a realizar deberá ser autorizada por la Consejería competente en
materia de Patrimonio Cultural”. En todo caso, exista plan o no, “Cualquier
intervención que se proyecte realizar en un inmueble del Patrimonio Cultural de
Castilla-La Mancha, requerirá autorización previa de la Consejería competente
en materia de Patrimonio Cultural, que contendrá las condiciones y plazos de
ejecución de dicha intervención. En este sentido “El promotor o propietario que
proyecte realizar dicha intervención deberá aportar un estudio redactado por
técnicos competentes en cada una de las materias afectadas, que deberá contener
al menos: a) Justificación de la intervención. b) Descripción de los valores patrimoniales
del bien y estado de conservación del mismo, estableciendo las causas que
inciden en su deterioro. c) Estudios previos que garanticen un adecuado
conocimiento del bien y de su desarrollo histórico. d) Propuesta técnica de la
actuación con indicación de metodología, productos y materiales. Se tratará de
una propuesta de actuación integral y de carácter multidisciplinar, de acuerdo
con los criterios de un equipo técnico cuya composición estará determinada por
las características del inmueble y el tipo de intervención a llevar a cabo. e)
Efectos que la intervención pueda tener en el bien y en los bienes muebles con
valor cultural que puedan estar contenidos en el mismo. f) Programa de
mantenimiento y conservación.”
Está claro que
esta obra, en pleno Conjunto Histórico de la Fábrica de Armas, en plena zona de
protección A1- Reconquista-Vega Baja, de
la Carta Arqueológica de la ciudad de Toledo, tiene que cumplir unos requisitos
previos a su ejecución, y por supuesto, creo que así sucederá. Está claro que
se trata de una “rehabilitación” que no es lo mismo que una obra nueva, pero
eso no es óbice para tener que cumplir la ley y los requisitos que esta
establece, sobre todo siendo el edificio que es, y ubicándose donde se ubica.
Recientemente
se ha publicado en el Perfil del
Contratante de la Universidad de Castilla-La Mancha, el Proyecto de
Rehabilitación de la Nave de Espoletas para Escuela de Arquitectura de Toledo,
y los documentos que componen el
expediente pueden verse y descargarse en la Plataforma
de Contratación del Sector Público. La curiosidad me ha hecho abrir
inmediatamente el Proyecto
Técnico presentado para el concurso y, he encontrado algunas cosillas que
me gustaría comentar.
Lo primero que
llama la atención es que, a pesar del sitio donde se va a realizar la reforma,
en pleno BIC de la Fábrica de Armas, declarado Conjunto Histórico, no existe
ninguna mención en el proyecto a esta circunstancia. En 1096 páginas, en
ninguna, se cita esta cuestión. Tampoco se cita ni una sola vez la Ley del
Patrimonio Histórico Español, o la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla-La
Mancha. No hay ni una sola mención al yacimiento arqueológico de Vega Baja, o a
cualquier impacto arqueológico, o a la arqueología, ni siquiera en el
presupuesto existe partida alguna dirigida a informes o trabajos arqueológicos,
entre 696 conceptos, que suman 1.667.859,54 euros. Sólo dos menciones
abstractas, a que corresponderá a la adjudicataria la redacción, entre otros
documentos, de los informes arqueológicos.
Pero en la
normativa está claro, la intervención en un bien del Patrimonio Cultural de
Castilla-La Mancha, sea del tipo que sea este, precisa de un estudio redactado
por técnico competente, y como decía, no parece normal que no exista ni una
sola mención a esto, cuando se presupuestan hasta los tornillos.
Podríamos
pensar que, como se trata de una rehabilitación, el impacto va a ser mínimo,
pero eso no lo contempla la ley. También podríamos pensar que al tratarse de
una rehabilitación, no se va a tocar el subsuelo, y por lo tanto, no se
necesita ningún informe o actuación arqueológica en relación a este aspecto, y
por eso no se cita en el proyecto. Sin embargo, cuando he revisado el proyecto,
he comprobado que “EL SUBSUELO SÍ VA A SER AFECTADO”. En el punto 09.02.-Acciones sobre el suelo, se
dice que “El suelo es el segundo sector del edificio que requiere de medidas profundas,
más allá de la restauración de lo existente. En primer lugar se procederá al
levantado del pavimento de hormigón actual y se profundizará con una excavación
mecánica con maquinara de pequeño tamaño hasta alcanzar una cota de –100 cm.
bajo la cota cero original.”
Es decir, no
parece razonable que no exista ninguna mención al Patrimonio Cultural, cuando
la legislación exige que se realice un estudio, y muchos menos parece
razonable, que no se menciones la arqueología, cuando se va a profundiza en el
subsuelo con una excavadora hasta 1 metro. Está claro que habrá que cumplir la
ley, y tarde o temprano se les obligará a hacer esos trabajos, pero un olvido
así en un proyecto, no parece muy lógico. En todo caso, como decía más arriba, al ser quien es
el promotor, debería ser más escrupuloso que nadie en esta cuestión y, en mi
opinión, puesto que podría haber restos arqueológicos relacionados, o
vinculados al yacimiento visigodo o al mundo romano, no debería bastar con que la excavación
arqueológica profundizase sólo ese metro de la obra. En el caso de que
aparezcan restos, debería obligarse a excavar todo y preservarlo, pero, además,
sería lógico que, si a ese nivel no aparecen restos arqueológicos, sabiendo a la cota a la que se encuentra la Villa Romana, a más de dos metros, deberían hacerse
catas para buscar restos a más profundidad. No existirá otra oportunidad como
esta para intentar localizar restos en Veg Baja debajo de un edificio de esas
características. Es una ocasión única, que no se debería perder, porque una vez construido el nuevo edificio, en cien años, o más, será imposible volver a abrir
el suelo para conocer la realidad arqueológica, es decir, nos estarían robando la
memoria, y como dijo alguien en algún momento, “las ciudades sin memoria no
construyen futuro”.
Isabelo Sánchez
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